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Emitir Facturas Electrónicas ingresando los datos en el Sistema de Facturación Electrónica al igual que una factura en papel: datos del cliente (RUT, razón social, etc.), el detalle del producto o servicio y las referencias si fuesen necesarias.
En la Oficina Virtual del SII en Internet, www.sii.cl, Portal Tributario MIPYME, opción "Facturación Electrónica", menú "Emisión de Documentos Tributarios Electrónicos"
A empresas y personas incorporadas o que deseen incorporarse (cumpliendo previamente los requisitos) al Sistema de Facturación Electrónica Portal MIPYME, que requieran emitir una Factura Electrónica.
Una vez incorporado al Sistema de Facturación Electrónica del Portal MIPYME, el contribuyente podrá emitir las Facturas Electrónicas que necesite. Para ello, debe tenerse en cuenta el Art. 53 y el Art. 55 del D.L. N° 825 sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, que indican cuales son las personas obligadas a emitir facturas y la oportunidad en que deben emitirse estos documentos. Para incorporarse al Sistema de Facturación Electrónica del Portal MIPYME, se debe cumplir al menos con los siguientes requisitos:
- Poseer inicio de actividades vigente con verificación positiva.
- Poseer la calidad de contribuyente de IVA.
- No tener la condición de querellado, procesado o, en su caso, acusado conforme al Código Procesal Penal por delito tributario, o que haya sido sancionado por este tipo de delito hasta el cumplimiento total de su pena.
- Haber emitido 100 facturas o menos en los últimos 12 meses y tener ventas anuales que no superen los $300.000.000. Para estos efectos se considerará la información incorporada por las empresas en sus declaraciones mensuales de IVA.
- El Contribuyente, los usuarios autorizados y el Representante Legal del Contribuyente no deben presentar situaciones pendientes con el SII, tales como: no ubicado, no declarante de impuestos o que se encuentren en situaciones de inconcurrencia a citaciones de este Servicio.
Los contribuyentes que cumplen con los requisitos de inscripción en el Sistema, sólo requieren disponer de un Certificado Digital (entregado por alguna de las entidades proveedoras) para acceder a él y comenzar a disfrutar de las ventajas de la Factura Electrónica. Consulte la lista de las empresas que proveen Certificado Digital en la Oficina Virtual del SII en Internet, www.sii.cl, sección Factura Electrónica, opción Sitios de Interés, Proveedores de Certificados Digitales.
Lo que se demore el usuario en ingresar los datos y emitir la Factura Electrónica.
Para ello, los pasos que debe seguir el usuario autorizado para generar una Factura Electrónica u otro DTE, son:
- Seleccionar el tipo de DTE que se emitirá (Sea factura, Nota de credito, nota de debito, etc.)
- Ingresar la Información del DTE a emitir y
- Generar y Firmar Digitalmente el DTE
Sin costo. El uso del Sistema es gratuito.
- La inscripción y autorización para operar en este Sistema se encuentra normado por la Resolución Exenta SII N° 86, de 01 de Septiembre de 2005. Para conocer cómo se emite una Factura Electrónica en el Sistema de Factura Electrónica del Portal MIPYME, vease la guía práctica de emisión de la Factura Electrónica dispuesta en www.sii.cl, Portal Tributario MIPYME, (http://www.sii.cl/portales/mipyme/index_fmipyme.htm)
- Los contribuyentes autorizados como emisores electrónicos a través del Sistema de Factura Electrónica del Portal MIPYME, deberán cumplir lo establecido en la Resolución Ex. SII N° 45, de Septiembre del 2003, así como los requisitos exigidos específicamente en la aplicación de facturación electrónica señalada.
- La representación impresa de los Documentos Tributarios Electrónicos debe ceñirse a lo establecido en la Resolución Ex. SII N° 18, de 2003, modificada por Resolución Ex. SII N° 84, de 2005 y complemetada por Resolución Ex. SII N° 76, de 2005.
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