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Constitución de Organismo Técnico de Capacitación (OTEC)
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Instituciones > Ministerio del TRABAJO y PREVISIÓN SOCIAL > Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE)
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Temas > Trabajo y Seguridad Social > Capacitación
Los Otec son empresas autorizadas por el SENCE para diseñar y desarrollar actividades, cursos y desarrollo de programas capacitación a empresas de primera categoría financiado por el Estado, vía presupuesto nacional (Programas Sociales, FONCAP -Mype, Proempleo entre otros) y a entidades dependientes del Estado (servicios públicos).
Constitución de Organismo Técnico de Capacitación (OTEC)
Los Otec son empresas autorizadas por el SENCE para diseñar y desarrollar actividades, cursos y desarrollo de programas capacitación a empresas de primera categoría.
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Los Otec son empresas autorizadas por el SENCE para diseñar y desarrollar actividades de capacitación o cursos, a empresas de primera categoría, como también el desarrollo de programas de capacitación financiado por el Estado, vía presupuesto nacional (Programas Sociales, FONCAP -Mype, Proempleo entre otros) y a entidades dependientes del Estado (servicios públicos).

Para solicitar la inscripción de la Otec en el Registro Nacional debe contar con personalidad jurídica, la que deberá tener como único objeto social la capacitación; acreditar que disponen de la certificación bajo la norma chilena 2728 y disponer en forma permanente de una oficina administrativa en la región en la cual se solicita la inscripción en el registro.

  • En Santiago, Teatinos 950, piso 7, en horario de 9:00 a 14:00 horas.
  • En las Direcciones Regionales del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE).

A empresas de capacitación que tributen en primera categoría ante S.I.I. , que cumplen con los requerimientos establecidos en la Ley 19518, Ley 19967, y sus correspondientes Reglamentos y en toda la normativa vigente y relacionada.

Las personas naturales

No deben tener penas aflictivas.

Personas Jurídicas

No deben tener sanciones o multas tributarias , laborales pendientes.

Para la autorización debe presentar:

  • Formulario de solicitud de autorización de organismos técnicos de capacitación impreso y en duplicado;
  • Copia autorizada ante notario del rut de la entidad;
  • Copia autorizada ante notario de la escritura de la constitución de la sociedad, y sus modificaciones si las hubiere, la que deberá contener como único objeto social la prestación de servicios de capacitación;
  • Copia autorizada ante notario del instrumento en que se confiere mandato especial a una persona para representar a la entidad, con las facultades que se indiquen en dicho documento, según corresponda;
  • Copia autorizada ante notario de la Patente Municipal Comercial al día, a nombre de la entidad postulante, con indicación del domicilio declarado en la solicitud, a excepción de las entidades sin fines de lucro;
  • Certificado de vigencia de la Persona Jurídica postulante, emanado de la autoridad competente; o copia de la inscripción social en el Registro de Comercio, con certificación de vigencia, emitido con una fecha que no exceda a los 6 meses anteriores a la presentación de la solicitud como OTEC. Lo anterior se requiere en el caso que la entidad tenga una antigüedad mayor a un año contado hacia atras desde la fecha de la presentación;
  • Acreditar que disponen de la certificación bajo la Norma NCh 2728 ;
  • Factura o Copia autorizada ante notario de la misma o declaración Jurada Notarial para la acreditación de la propiedad o mera tenencia de los muebles y equipos declarados en los puntos 2.6 y 2.8 del Formulario "Solicitud de Autorización para OTEC", adjuntado el listado de los muebles a la Declaración Jurada Notarial;
  • Copia autorizada ante notario del Contrato de Arrendamiento o de Comodato de la Oficina Administrativa y del teléfono a nombre de la entidad postulante y firmado por él o los Representante(s) Legal(es). En el caso de que el Contrato de arrendamiento figuraren los muebles de la Oficina Administrativa y el teléfono, no será necesario la presentación del antecedente del punto 15;
  • Poder simple, donde señale el Relacionador de la entidad postulante ante el SENCE, adjuntando su respectivo curriculum.
  • Los documentos requeridos están en relación a la persona jurídicas que para mayor información , puede usted consultar en el "Manual de Procedimientos para la Autorización de Organismo Técnico de Capacitación" en www.sence.cl/documentacion.htm

El trámite no tiene costo.

El plazo legal es de 30 días.

Autorización y acreditación por parte de Sence respecto de una entidad jurídica que pretende ser reconocida como Otec

Se puede acceder al formulario sin dirigirse a la oficina de la institución. Basta con pinchar el botón "Bajar Formulario", imprimirlo, llenarlo y finalmente presentarlo junto a la documentación solicitada.

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Última actualización: 02/08/2007 12:08

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