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Subsidio para el saneamiento de derechos de aguas de personas y comunidades indígenas
Institución: Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI)
Informacion Vigente desde:03 de Noviembre de 2008
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Ficha resumen
subsidio, beneficio, postulación, indigena
Subsidio para el saneamiento de derechos de aguas de personas y comunidades indígenas
Descripción: Subsidio de agua para indígenas para constituir o regularizar derechos de aprovechamiento de aguas. El concurso abre su proceso de postulación entre los meses de mayo a junio de cada año.
Para quién: Personas y comunidades indígenas de las regiones I, II, VIII, IX y X regiones.
Ficha Completa

Otorga subsidio para constituir o regularizar derechos de aprovechamiento de aguas. El concurso abre su proceso de postulación entre los meses de mayo a junio de cada año.

En las Oficinas de la CONADI.

Personas y comunidades indígenas de las regiones I, II, VIII, IX y X regiones.

Para el caso de personas naturales indígenas:

  • Acreditar calidad indígena según lo establecido en la Ley Nº 19.253.
  • Titulo de dominio vigente.

Para el caso de comunidades indígenas:

  • Personalidad Jurídica vigente, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 19.253.

Para el caso de personas naturales:

  • Formulario Nº 1 para personas naturales.
  • Solicitud de postulación.
  • Presentación de un proyecto simple de saneamiento de aguas.
  • Copia de la cédula de identidad del postulante y su cónyuge.
  • Identificación de las personas que viven en el domicilio del postulante.
  • Ficha de estratificación socioeconómica (CAS II).
  • Declaración jurada solicitada por CONADI.

Para el caso de comunidades:

  • Solicitud de postulación.
  • Presentación de un proyecto simple de saneamiento de aguas.
  • Certificado de comunidad constituida vigente.
  • Formulario de postulación al Concurso de Saneamiento de Derechos de Agua.
  • Formulario Nº 2 o Formulario Nº 3 según sea el caso.

El trámite no tiene costo.

El plazo legal es de 60 días.

Subsidio para el Saneamiento de Derechos de Aguas para Indígenas

  • Los plazos se establecen en las respectivas bases de postulación al subsidio y varían según cada región.
  • En la I y II regiones se utiliza la modalidad de licitación pública o asignación directa a servicios públicos, por tanto, no es concurso directo a usuarios.
  • La validez del subsidio es indefinido.
  • Marco legal: Ley Indígena 19253, párrafo 2 art. 20-22. Del fondo para Tierras y Aguas Indígenas. Decreto Supremo 395 del 17 de mayo de 1994 del Ministerio de Planificación y Cooperación.
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