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Declaración de bosque de protección
Institución: Corporación Nacional Forestal (CONAF)
Informacion Vigente desde:03 de Noviembre de 2008
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Ficha resumen
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Declaración de bosque de protección
Descripción: Declaración de bosque de protección, previa solicitud del interesado, a objeto de acceder a la exención del impuesto territorial que grava lo terrenos agrícolas
Para quién: Propietarios de predios con bosques de protección
Formularios: FormularioDescargar
Ficha Completa

La presentación de una solicitud con un estudio técnico y plano, donde se indique las superficies cubiertas con bosque de protección a declarar.

La solicitud y estudio, pueden ser elaborados a través de la Aplicación Consultor, software elaborado por CONAF que facilita la confección de estudios y que permite la transferencia de archivos directamente a los sistemas que CONAF utiliza para la tramitación de solicitudes relativas al D.L.701, minimizando los tiempos de tramitación.

¿Cómo se hace?

  1. Para presentar la solicitud y estudio vía digital, el Consultor encargado de confeccionar el estudio debe ingresar al sitio web de Conaf, http://www.conaf.cl.
  2. Al pasar el cursor sobre el menú "Conaf a su Servicio" se desplegarán varias opciones.
  3. Pinche sobre "Aplicación Consultor".
  4. Ingrese su nombre de usuario, su contraseña y pinche en "Enviar".
  5. Descargue la Aplicación Consultor e instálela en su PC Descargue el Manual de Usuario, disponible en la misma página web.
  6. Confeccione la solicitud y estudio técnico en su PC.
  7. Genere el archivo de intercambio CONAF, de acuerdo a las instrucciones del manual y cópielo a un dispositivo de almacenamiento portátil.
  8. Presente en CONAF solicitud, estudio técnico, plano, documentación legal adjunta y Archivo de intercambio CONAF generado por la Aplicación.
  • En las Oficinas de CONAF que corresponda según la ubicación del predio,
  • Horarios de Atención son: de Lunes a Jueves 8:45 a 17:30 hrs. y Viernes de 8:45 a 16:45 hrs.

A todos los propietarios de predios con bosques de protección que deseen optar a las exenciones del impuesto territorial que grava los terrenos agrícolas.

Los Propietarios de predios Forestales que posean Bosque Nativo.

El propietario deberá presentar la respectiva solicitud acompañada de:

  1. Copia de inscripción de dominio del predio, con certificado de vigencia que no tenga una antigüedad mayor de 60 días contada desde la fecha de su expedición por parte del respectivo Conservador de Bienes Raíces;
  2. Copia autorizada ante notario o según lo dispuesto en la ley No 19.088, del certificado de título del profesional autor del estudio técnico;
  3. Certificado de avalúo, con clasificación de capacidad de uso de suelos, para los efectos del impuesto territorial;
  4. Estudio técnico de declaración de bosque de protección; y
  5. Cartografía.

El trámite no tiene costo

El plazo legal es de 60 días.

Declaración de un Bosque de Protección.

Se consideraran para estos efectos, Bosque de Protección, aquellos ubicados en suelos frágiles con pendientes iguales o superiores a 45% y los próximos a fuentes, cursos o masas de agua destinados al resguardo de tales recursos hídricos. Estos últimos, podrán cubrir una franja equivalente al ancho máximo del cauce natural, la que no podrá exceder de 400 metros medidos desde el borde del mismo.

Más información
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