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Este trámite se refiere a la declaración y pago de los impuestos mensuales al Valor Agregado (IVA), Débito Fiscal (Ventas), Crédito Fiscal (Compras), Ventas Exentas y de Exportaciones y otros impuestos tales como; Retenciones de 2da Categoría (Honorarios), de Impuesto Único a los Trabajadores, los Pagos Provisionales Mensuales (PPM) obligatorios, la Cotización Adicional y los créditos y remanentes de Empresas Constructoras.
- Desde la página principal del SII, ingrese a la opción "Declarar y Pagar (IVA-F29, F50)"·
- Ingrese el RUT de su empresa y su clave secreta.
- Seleccione "Declarar por Formulario en Pantalla" (podrá presentar tanto declaraciones dentro como fuera de plazo).
- Seleccione el Formulario 29, el período a declarar y el tipo de declaración.
- Complete el formulario y pinche en "Validar formulario" (si declara fuera de plazo, el sistema le entregará los reajustes, intereses y multas correspondientes).
- Verifique la información del formulario (si hay errores, pinche en el botón "Atrás" de su navegador) y si está correcta pinche en "Enviar declaración".
- Si la declaración NO genera pago: Aparecerá en pantalla el Certificado de Declaración en formulario compacto. Si lo desea puede imprimirlo para su registro.
- Si la declaración Sí genera pago:
- Podrá seleccionar el medio de pago electrónico (en línea o con convenio en cuenta corriente).
- Seleccione su banco (será redirigido a la web de su banco).
- Ingrese su rut y clave de su banco.
- Verifique el monto y confirme el pago.
- Aparecerá en pantalla el Certificado de Declaración en formulario compacto. Si lo desea puede imprimirlo para su registro.
Contribuyentes que deben pagar IVA. Personas naturales o jurídicas que realicen ventas, presten servicios o efectúen alguna operación gravada de impuesto, entendiéndose por operación gravada aquellas situaciones que de acuerdo a la ley dan origen a la obligación de pagar impuesto, por ejemplo:
- Contribuyentes que generen actividades económicas de primera categoría (Industria, comercio, agricultura, otros), o actividades económicas de segunda categoría cuando corresponda.
- Los profesionales deben emplear el formulario 29 para declarar sus ingresos y sus PPM asociados como anticipo a los futuros impuestos anuales a la Renta que le podrían afectar.
- Exportadores, Etc.
- En Internet, accediendo al sitio del Servicio de Impuestos Internos, www.sii.cl, ó ingresando al ícono ejecutar en linea de esta página. Además, es posible realizarlo en las Instituciones Financieras autorizadas para recibir esta declaración de impuestos, por teléfono y en la Unidad del SII cuando declare fuera de plazo.
Si no tiene acceso a Internet:
- Adquiera el Formulario 29 en kioscos asociados o en las unidades del SII.
- Complete el formulario.
- Preséntelo en cualquiera de las instituciones financieras autorizadas con el RUT del contribuyente que declara.
- Si tiene pago, deberá realizarlo simultáneamente con la entrega de la declaración.
- Acceso a Internet.
- Clave secreta o certificado digital (obténgala en el mismo sitio, www.sii.cl, opción "Obtención de Clave Secreta").
- Formulario 29, electrónico (como guía y apoyo)
- Para pago en línea: cuenta corriente con los bancos de Chile, Edwards, BancoEstado, Scotiabank, BCI, Tbanc, BICE, Citibank, Santander Santiago, BankBoston, Security, BBVA, del Desarrollo o tarjetas de crédito (Visa, Mastercard).
- Debe realizarse antes del día 12 de cada mes o día hábil siguiente. Si utiliza pago en línea el plazo es hasta el mismo día 12.
Declaraciones sin movimiento y/o sin pago pueden hacerse hasta el día 28 de cada mes vía Internet o teléfono.
Declaraciones en Instituciones Financieras:
- Formulario 29 en papel
- Rut del declarante para ser presentado en la Institución Financiera u otras al momento de presentar su declaración y pago.
- Teléfono (sólo declaraciones Sin Pago y Sin Movimiento)
- Folio de alguna de las últimas declaraciones de F 29. El Folio ingresado debe corresponder al de alguna declaración vigente de F29 de los últimos 6 meses y que haya sido generada hace más de un mes. Por ejemplo: Para el mes de Enero de 2003, no puede ingresar el folio de un declaración de Diciembre de 2002..
No tiene costo.
Declaración o rectificatoria de IVA, PPM y/o Retenciones y Formulario 29 timbrado.
Al declarar en formulario 29 por papel puede tener algunos problemas o errores por lo tanto es recomendable que declare y pague por Internet evitándose notificaciones innecesarias.
Ventajas del trámite electrónico:
- Evita pérdidas de declaraciones por traslado desde el banco.
- Evita errores de digitación.
- La declaración se valida aritméticamente, evitando diferencias.
- Evita el traslado y espera en las instituciones financieras.
- Si debe declarar sin pago o sin movimiento, dispone de un tiempo extra para presentar la declaración (hasta el 28 de cada mes).
- La declaración se encontrará inmediatamente ingresada en las bases del SII y podrá rectificar con anticipación si fuese necesario.
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