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Impuestos Mensuales: Declaración o rectificatoria de IVA, PPM y Retenciones
Requisitos para este trámite
Obtención de Cédula de Identidad para chilenos
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Instituciones > Ministerio de Hacienda > Servicio de Impuestos Internos (SII)
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Temas > Empresas y economía > Autorizaciones y Solicitudes > Autorizaciones Tributarias
Este trámite se refiere a la declaración y pago de los impuestos mensuales dirigido a los contribuyentes que deben pagar IVA
Impuestos Mensuales: Declaración o rectificatoria de IVA, PPM y Retenciones
Este trámite se refiere a la declaración y pago de los impuestos mensuales al Valor Agregado, Débito Fiscal, Crédito Fiscal, Ventas Exentas y de Exportaciones y otros impuestos
declaracion, rectificatoria, jurada, formulario, pantalla, declaraciones juradas, F29, formulario 29, IVA, PPM, credito fiscal, compras
Oficinas de atención:
I Región
Arica. Arturo Prat 305.
Iquique. Tarapacá 470.
II Región
Tal - Tal. Arturo Prat 525
Tocopilla. 21 de Mayo s/n
Calama. Granaderos N°2262
Antofagasta. Arturo Prat 384
III Región
Vallenar. Plaza 2 Depto.11
Chañaral. Buin s/n Piso 3, Edificio Gobernación
Copiapó. Alameda Manuel Antonio Matta N° 245
IV Región
Coquimbo. Aldunate 540
Illapel. Independencia 160
Ovalle. Vicuña Machenna 310, oficina 102
La Serena. Matta 461, Of. 202
V Región
Villa Alemana. Santiago 503-B
Los Andes. Esmeralda 78
San Felipe. Arturo Prat 86
Quillota. O' Higgins 320
San Antonio. Av. Barros Luco 2390
La Ligua. Portales 367
Viña Del Mar. Av. Valparaíso 1161
Valparaíso. Melgarejo 667
VI Región
Pichilemu. Av. Ortúzar 550
San Vicente de Tagua Tagua. Arturo Prat 855
Santa Cruz. 21 De Mayo 172
San Fernando. Carampangue 845
Rancagua. Almarza 370 - 399
VII Región
Curicó. Estado s/n
Parral. Dieciocho 720
Cauquenes. Claudia Urrutia N°521-C
Constitución. Montt Esq. Freire
Linares. Independencia esq. Freire, piso 1
Talca. Uno Oriente 1150
VIII Región
Talcahuano. Colón 794
Chillán. Libertad Esq. Arauco s/n
Lebu. Freire 530, Lebu.
San Carlos. Maipú 680
Los Angeles. Caupolicán s/n
Concepción. Bernardo O´Higgins 749
IX Región
Villarrica. Camilo Herríquez 590, pisos 1 y 2
Victoria. Calama Esq. Lagos
Angol. Lautaro s/n
Temuco. Claro Solar 873
X Región
Chaitén. Libertad 297
Lanco. Cóndor esq.18 de Septiembre s/n
Ancud. Libertad 669 Piso1
Castro. Bernardo O´Higgins s/n
Osorno. Bernardo O´Higgins s/n
La Unión. Cayetano Letelier 341, 2° piso
Puerto Varas. San José 228
Puerto Montt. San Martín 080, piso 3, edificio Gobernación
Valdivia. San Carlos 50
XI Región
Chile Chico. Bernardo O'Higgins 192, edificio Gobernación Provincia General Carrera.
Aysén. Circunvalación s/n. Ribera sur
Coyhaique. Cochrane 314, 2° piso
XII Región
Porvenir. Bernardo Phillipi 175
Puerto Natales. Manuel Bulnes N°531
Punta Arenas. Plaza Muñoz Gamero 1007
XIII R.M.
La Florida. Vicuña Mackenna Poniente 7390, paradero 14
Puente Alto. Manuel Rodriguez 0144
San Bernardo. Freire 473
San Miguel. Ramón Subercaseaux 1273
Maipú. Fernando Riesco 33
Melipilla. Plaza de Armas s/n
Estación Central. Romero 3226
Ñuñoa. Avenida Pedro de Valdivia 3491
Providencia. General del Canto Nº 281
Santiago Centro. Alonso Ovalle 680
Otros trámites
Impuestos Mensuales: Solicitud de Autorización para Explotar Máquinas Expendedoras Automáticas
¿Hay una parte liberada en el impuesto a las herencias cuando existe un parentesco lejano o ningún parentesco entre el asignatario y el causante o entre el donante y el donatario?
¿Existe algún tipo de exención del Impuesto a las Herencias?
¿Cuál es la tasa del Impuesto a las Herencias?
¿Sobre qué valor se aplica el Impuesto a las Herencias?
¿En qué cuerpo legal aparecen contenidas las normas del Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones?
Impuestos Mensuales: Devoluciones e Imputaciones (SII)
Situación Tributaria: Certificaciones (SII)
Impuestos Mensuales: Poder Notarial para Mandatarios
Declaraciones Juradas: Designar beneficiario de rebaja de impuestos por créditos hipotecarios

Este trámite se refiere a la declaración y pago de los impuestos mensuales al Valor Agregado (IVA), Débito Fiscal (Ventas), Crédito Fiscal (Compras), Ventas Exentas y de Exportaciones y otros impuestos tales como; Retenciones de 2da Categoría (Honorarios), de Impuesto Único a los Trabajadores, los Pagos Provisionales Mensuales (PPM) obligatorios, la Cotización Adicional y los créditos y remanentes de Empresas Constructoras.

  • Desde la página principal del SII, ingrese a la opción "Declarar y Pagar (IVA-F29, F50)"·
  • Ingrese el RUT de su empresa y su clave secreta.
  • Seleccione "Declarar por Formulario en Pantalla" (podrá presentar tanto declaraciones dentro como fuera de plazo).
  • Seleccione el Formulario 29, el período a declarar y el tipo de declaración.
  • Complete el formulario y pinche en "Validar formulario" (si declara fuera de plazo, el sistema le entregará los reajustes, intereses y multas correspondientes).
  • Verifique la información del formulario (si hay errores, pinche en el botón "Atrás" de su navegador) y si está correcta pinche en "Enviar declaración".
  • Si la declaración NO genera pago: Aparecerá en pantalla el Certificado de Declaración en formulario compacto. Si lo desea puede imprimirlo para su registro.
  • Si la declaración Sí genera pago:
  1. Podrá seleccionar el medio de pago electrónico (en línea o con convenio en cuenta corriente).
  2. Seleccione su banco (será redirigido a la web de su banco).
  3. Ingrese su rut y clave de su banco.
  4. Verifique el monto y confirme el pago.
  5. Aparecerá en pantalla el Certificado de Declaración en formulario compacto. Si lo desea puede imprimirlo para su registro.

Contribuyentes que deben pagar IVA. Personas naturales o jurídicas que realicen ventas, presten servicios o efectúen alguna operación gravada de impuesto, entendiéndose por operación gravada aquellas situaciones que de acuerdo a la ley dan origen a la obligación de pagar impuesto, por ejemplo:

  • Contribuyentes que generen actividades económicas de primera categoría (Industria, comercio, agricultura, otros), o actividades económicas de segunda categoría cuando corresponda.
  • Los profesionales deben emplear el formulario 29 para declarar sus ingresos y sus PPM asociados como anticipo a los futuros impuestos anuales a la Renta que le podrían afectar.
  • Exportadores, Etc.
  • En Internet, accediendo al sitio del Servicio de Impuestos Internos, www.sii.cl, ó ingresando al ícono ejecutar en linea de esta página. Además, es posible realizarlo en las Instituciones Financieras autorizadas para recibir esta declaración de impuestos, por teléfono y en la Unidad del SII cuando declare fuera de plazo.

Si no tiene acceso a Internet:

  • Adquiera el Formulario 29 en kioscos asociados o en las unidades del SII.
  • Complete el formulario.
  • Preséntelo en cualquiera de las instituciones financieras autorizadas con el RUT del contribuyente que declara.
  • Si tiene pago, deberá realizarlo simultáneamente con la entrega de la declaración.
  • Acceso a Internet.
  • Clave secreta o certificado digital (obténgala en el mismo sitio, www.sii.cl, opción "Obtención de Clave Secreta").
  • Formulario 29, electrónico (como guía y apoyo)
  • Para pago en línea: cuenta corriente con los bancos de Chile, Edwards, BancoEstado, Scotiabank, BCI, Tbanc, BICE, Citibank, Santander Santiago, BankBoston, Security, BBVA, del Desarrollo o tarjetas de crédito (Visa, Mastercard).
  • Debe realizarse antes del día 12 de cada mes o día hábil siguiente. Si utiliza pago en línea el plazo es hasta el mismo día 12.
    Declaraciones sin movimiento y/o sin pago pueden hacerse hasta el día 28 de cada mes vía Internet o teléfono.

Declaraciones en Instituciones Financieras:

  • Formulario 29 en papel
  • Rut del declarante para ser presentado en la Institución Financiera u otras al momento de presentar su declaración y pago.
  • Teléfono (sólo declaraciones Sin Pago y Sin Movimiento)
  • Folio de alguna de las últimas declaraciones de F 29. El Folio ingresado debe corresponder al de alguna declaración vigente de F29 de los últimos 6 meses y que haya sido generada hace más de un mes. Por ejemplo: Para el mes de Enero de 2003, no puede ingresar el folio de un declaración de Diciembre de 2002..

No tiene costo.

Declaración o rectificatoria de IVA, PPM y/o Retenciones y Formulario 29 timbrado.

Al declarar en formulario 29 por papel puede tener algunos problemas o errores por lo tanto es recomendable que declare y pague por Internet evitándose notificaciones innecesarias.

Ventajas del trámite electrónico:

  • Evita pérdidas de declaraciones por traslado desde el banco.
  • Evita errores de digitación.
  • La declaración se valida aritméticamente, evitando diferencias.
  • Evita el traslado y espera en las instituciones financieras.
  • Si debe declarar sin pago o sin movimiento, dispone de un tiempo extra para presentar la declaración (hasta el 28 de cada mes).
  • La declaración se encontrará inmediatamente ingresada en las bases del SII y podrá rectificar con anticipación si fuese necesario.
declaracion, rectificatoria, jurada, formulario, pantalla, declaraciones juradas, F29, formulario 29, IVA, PPM, credito fiscal, compras
Información vigente desde: 18/10/2007 16:20

"La información publicada en el Portal Trámite Fácil es de responsabilidad de la Institución encargada de cada trámite. Si Usted encuentra diferencias o errores en el contenido, le solicitamos nos informe de ello, a través de la sección Contáctenos, para realizar la revisión correspondiente".

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