Portada Trámite Fácil
Página de Inicio
Agréganos a tus favoritos
mapa del sitio
Buscar trámite en el sector público
Acceso a versión alto contraste
Inscripción al Boletín Informativo
Quiénes somos
Ir a Gobierno de Chile
Trámite Fácil
Ejecutar en línea
Ejecutar en línea
Más información
Más información
Autorización de Actividades de Capacitación (Ingreso de Cursos OTEC)
Usted se encuentra vistando:
Instituciones > Ministerio del Trabajo y Previsión Social > Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE)
Temas > Empresas y economía > Empresas por Sector > Organismo Técnico de Capacitación (OTEC)
Temas > Trabajo y Seguridad Social > Capacitación
Dirigido a instituciones que deseen brindar servicios de capacitación con autorización de Sence
Autorización de Actividades de Capacitación (Ingreso de Cursos OTEC)
Se autoriza al Organismo Técnico de Capacitación la promoción, venta y ejecución de la actividad de capacitación aprobada, a través de un Código SENCE.
autorización, actividad, otec, OTEC, Sence, SENCE, capacitación
Oficinas de atención:
Otros trámites

Los Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC) deben solicitar al Sence la aprobación previa de los cursos o actividades de capacitación que ofrecen a las empresas. El SENCE debe resolver su solicitud velando por que las áreas o especialidades de los cursos se ajusten al objeto de la entidad postulante –excepto universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica.

  • Ingrese a la opción "OTEC".
  • En la sección "Servicios Disponibles", pinche sobre "Ingreso y administración de solicitudes de cursos para tramitar Código SENCE".
  • Deberá ingresar su RUT (sin puntos, pero con guión) y contraseña y presionar "Enviar".
  • Deberá ingresar los datos relativos al curso en el formulario que aparece en pantalla: modalidad de instrucción, tipo de actividad de capacitación, nombre de la actividad, fundamentación técnica, población objetivo, nº de participantes, requisitos de ingreso, objetivos generales y específicos, curriculum del relator (o de los responsables del curso, en caso de cursos a distancia), metodología de enseñanza, medios didácticos de apoyo, requisitos técnicos de evaluación (en caso de cursos), % de asistencia, infraestructura, equipamiento, materiales consumibles y estructura de costos.

A Entidades privadas pertenecientes al registro nacional de Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC) que deseen ofrecer actividades de capacitación a empresas para que opten a la franquicia tributaria establecida en la Ley N º 19.518.

A través de Internet: www.sence.cl ; o ingresando al Icono Ejecutar en Línea de ésta página.

Si no tiene acceso a Internet:

  • Debe acudir a la oficina del Sence correspondiente a la región en que la OTEC solicitó su inscripción en el Registro Nacional de OTEC, o bien en la(s) región(es) en que el organismo dispone de sede acreditada ante el SENCE.
  • Llene el Formulario de Solicitud de Autorización de Actividad de Capacitación (deberá firmarse por el representante legal el mandatario facultado).
  • En dicho formulario debe consignarse: identificación del OTEC, modalidad de instrucción, tipo de actividad de capacitación, nombre de la actividad, fundamentación técnica, población objetivo, nº de participantes, requisitos de ingreso, objetivos generales y específicos, curriculum del relator (o de los responsables del curso, en caso de cursos a distancia), metodología de enseñanza, medios didácticos de apoyo, requisitos técnicos de evaluación (en caso de cursos), % de asistencia, infraestructura, equipamiento, materiales consumibles y estructura de costos.
  • En caso de ofrecer cursos a distancia (e-learning) deberá adjuntar un set completo del medio instruccional y material didáctico a utilizar.
  • Estar inscrito en el Registro Nacional de Organismos Técnicos de Capacitación.
  • Obtención de clave secreta (obténgala en el sitio de Sence, www.sence.cl, opción "Regístrese aquí".
  • Navegador compatible con Java (p. ej. Netscape Navigator 5.0, o superior, o Internet Explorer 5.0, o superior).



El Sence tiene 20 días para resolver la solicitud.

No tiene costo

Autorización a un OTEC reconocido por Sence para ejecutar una actividad de capacitación.

Ventajas del trámite electrónico

  • Simplificación y agilización del trámite.
  • Ahorro de tiempo y comodidad al evitar traslados innecesarios a oficinas de Sence.
  • Permite validar en línea información de OTEC.
  • Posibilidad de seguimiento del trámite y registro en línea.

 

autorización, actividad, otec, OTEC, Sence, SENCE, capacitación
Información vigente desde: 18/01/2007 13:30

"La información publicada en el Portal Trámite Fácil es de responsabilidad de la Institución encargada de cada trámite. Si Usted encuentra diferencias o errores en el contenido, le solicitamos nos informe de ello, a través de la sección Contáctenos, para realizar la revisión correspondiente".

Volver
Subir
Chilenos en el ExtranjeroDeportes y RecreaciónEmpresas y economíaEducación y CulturaFamiliaInfraestructura y TransporteMedio AmbienteSaludSeguridad Ciudadana y JusticiaTrabajo y Seguridad SocialVida CiudadanaVivienda y Urbanismo
Quiénes somosPolítica de privacidadPreguntas Frecuentes