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Para impartir los cursos de nivelación de estudios de Enseñanza General Básica o Media, las entidades ejecutoras deberán solicitar al SENCE la autorización para inscribir aquellos, la que será solo para que los usuarios del sistema puedan optar a la franquicia tributaria.
Se entiende por curso de nivelación de estudios el conjunto de actividades de enseñanza presencial y /o a distancia y de autoaprendizaje para la obtención de un certificado de estudios en el primer y segundo nivel (4ºaño de educación básica); tercer nivel (6º año de Educación Básica); 4º nivel (8º año de Educación Básica); Primer ciclo de Enseñanza Media ( 2º año de Enseñanza Media) y 2º ciclo de Enseñanza Media (4º año de Enseñanza Media).
La presentación del formulario deberá hacerse en la región en que el organismo solicitó su inscripción en el Registro Especial de Entidades Ejecutoras, o bien en las regiones en que la entidad dispone de sede acreditada ante SENCE. El formulario debe presentarse en un original y una copia y deberá venir firmado por el representante legal de la entidad ejecutoria o por el mandatario facultado para ello. En Santiago, usted puede dirigirse a Huérfanos Nº1483.
A entidades ejecutoras autorizadas previamente por las Secretarias Regionales Ministeriales de Educación, SECREDUC.
Que este autorizado por la SECREDUC y cumplir con toda la normativa establecida del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo SENCE.
- Las solicitudes de autorización de actividades de nivelación que pretendan impartir las entidades ejecutoras a las empresas que tributen en primera categoría del impuesto a la renta.
- Las solicitudes antes mencionadas deberán ser materializadas a través del Formulario de Solicitud de Autorización de Actividad de Capacitación de Nivelación de Estudios Básicos y Medios, utilizando el instructivo correspondiente para completarlo.
- Dichos documentos pueden ser retirados en cualquiera de las direcciones regionales del SENCE
No tiene costo
Plazo legal, 20 días
Autorización para Curso de Nivelación de Estudios.
Esto es una autorización regional no de carácter nacional a diferencia de los Otec que es a nivel nacional.
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