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Recepción de informes mensuales de accidentabilidad y productividad minera
Institución: Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN)
Informacion Vigente desde:03 de Noviembre de 2008
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Ficha resumen
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Recepción de informes mensuales de accidentabilidad y productividad minera
Descripción: Informe mensual obligatorio al Sernageomin, respecto de la estadística de accidentabilidad y de producción minera y metalúrgica de los productores mineros y los compradores de minerales y de productos beneficiados.
Para quién: Mediana y gran minería, Pirquineros, personas naturales y jurídicas
Formularios: FormularioDescargar
Ficha Completa

Los productores mineros y los compradores de minerales y de productos beneficiados, deben completar los formularios E-100, E-200 con la estadística mensual de accidentabilidad y los formularios E-300 con la estadística mensual de Producción Mineras y Compras de minerales, y enviarlos al Sernageomin.

Para el caso de los productores mineros y los compradores de minerales y de productos beneficiados, la información estadística deberá ser enviada al Servicio en el transcurso del mes siguiente al que correspondan los datos.

Para el caso de Empresas Mineras, la información estadística deberá ser entregada antes del día 15 del mes siguiente al que corresponden los datos. El no-cumplimiento de esta disposición constituye una falta grave, la que puede ser multada por un monto de 30,1 a 40 Unidades Tributarias Mensuales.

En las siguientes direcciones del Sernageomin:

Subdirección Nacional de Minería: Sede Central; Av. Santa María 0104, Santiago: fono : (2) 7375050- fax: (2) 7372026

Direcciones Regionales:

  • I Región: Grumete Bolados 125, Iquique: fono: (57) 427499 – fax: (57) 423072
  • II Región: Antonino Toro 956, Antofagasta: fono: (55) 222321 – fax: (55) 222030
  • III Región: Manuel Antonio Matta 264, Copiapó: fono: (52) 218150 – fax: (52) 230248
  • IV Región: Pedro Pablo Muñoz 650, La Serena: fono: (51) 226085 – fax: (51) 214103
  • Zona Centro: Camilo Henríquez 272, Quilpué: fono: (32) 920118 – fax: (32) 913248
  • Zona Sur: San Martín 1295, Concepción: fono: (41) 223228 – fax: (41) 223228.

A mediana y gran minería, Pirquineros o pequeño minero, personas naturales y jurídicas.

Tener iniciación de actividades como empresa minera ante el Sernageomin.

  • Documentación correspondiente a la iniciación de actividades de la empresa minera.
  • Adjuntar los formularios E100 y E200 para accidentes y
  • E300 y E301 para producción con la correspondientes información estadística mensual minera (o anual cuando coresponda), facilitados por el Servicio.

El trámite no tiene costo asociado.

El plazo legal es de 15 días.

Informe mensual de accidentabilidad y cifras de producción del sector minero.

  • Marco legal: Reglamento de Seguridad Minera, Decreto Supremo Nº72 de 1985. (Art 71 del nuevo Reglamento de Seguridad Minera)
  • Validez: mientras dure la vigencia de la faena.
  • La información relativa a la demanda anual depende del año, de la correspondencia, si se trata de estadística de accidentabilidad y de producción minera y metalúrgica; de la extracción tipo de mineral, etc.
  • El Formulario E-301 de producción minera y metalúrgica es de carácter anual.
  • El no cumplimiento de esta disposición constituye una falta grave, la que puede ser multada por un monto de 30,1 a 40 Unidades Tributarias Mensuales.
  • La información es mensual y las empresas deben informar durante la primera quincena del mes siguiente.
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