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Asignación de un área de manejo acuícola
Institución: Servicio Nacional de Pesca (SERNAPESCA)
Informacion Vigente desde:03 de Noviembre de 2008
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Ficha resumen
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Asignación de un área de manejo acuícola
Descripción: Verifica el cumplimiento de cada uno de los antecedentes exigidos a las organizaciones de pescadores artesanales en la solicitud para la obtención de un área de manejo.
Para quién: Organizaciones de pescadores artesanales legalmente constituidas
Ficha Completa

Verifica el cumplimiento de cada uno de los antecedentes exigidos a las organizaciones de Pescadores Artesanales en la solicitud para la obtención de un área de manejo en conformidad al artículo 9º del D.S. 355/95, reglamento sobre áreas de manejo y explotación de recursos bentónicos.

Direcciones regionales y oficinas provinciales de Sernapesca, en horario de atención.

Organizaciones de Pescadores Artesanales legalmente constituidas.

Organización de Pescadores Artesanales legalmente constituida, e inscrita en el Registro Pesquero Artesanal que lleva el Servicio Nacional de Pesca.

  1. Solicitud por escrito presentada al Servicio Nacional de Pesca, firmada por los representantes legales de la respectiva organización u organizaciones de pescadores artesanales.
  2. Copia autorizada de los estatutos de la organización u organizaciones de pescadores artesanales.
  3. Certificado de vigencia de la personalidad jurídica que acredite además, el número de socios de la organización u organizaciones.
  4. Lista de socios, identificando a cada uno de ellos por sus nombres y apellidos, cédula de identidad y número de inscripción en el registro de pescadores artesanales.
  5. Así mismo se deberá señalar respecto a cada uno de los socios, la categoría de inscripción en el registro Nacional de pescadores artesanales.
  6. Copia autorizada del Rol único Tributario (R.U.T.) de la o las organizaciones de pescadores artesanales. En caso que el área sea solicitada por más de una organización, se deberá indicar aquella que será responsable del pago de la patente.
  7. Domicilio de la o las organizaciones peticionarias. En el evento que la solicitud sea presentada por dos o más organizaciones de pescadores artesanales, éstas deberán señalar un único domicilio con el objeto de ser notificadas de los actos administrativos respectivos.

El trámite no tiene costo.

El plazo legal es de 15 días

Obtención de un Área de manejo para organizaciones de Pescadores Artesanales.

De acuerdo al reglamento sobre áreas de manejo, una vez que el solicitante ingresa la solicitud al Servicio, éste tiene 15 días para aprobar o devolver al interesado. Si cumple con los requisitos formales, se despacha desde el Servicio hacia la Subsecretaría de Pesca para que continúe con el trámite. Por lo tanto la validez es de 15 días en lo que respecta al Servicio, pero no pierde validez en cuanto a trámite que continúa su proceso en otro organismo del Estado (Subsecrtaría de Pesca).

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