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Autorización para realizar pesca de investigación
Institución: Subsecretaría de Pesca
Informacion Vigente desde:03 de Noviembre de 2008
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Ficha resumen
pesca, investigación, solicitud, autorización
Autorización para realizar pesca de investigación
Descripción: Autorización vía resolución de la Subsecretaría de pesca la captura de recursos hidrobiológicos con fines de investigación, eximiendo cuando corresponda, del cumplimiento de medidas de conservación asociadas a las especies en estudio.
Para quién: Personas naturales o jurídicas interesadas en realizar actividades de pesca de investigación.
Ficha Completa

El trámite está orientado a autorizar, mediante resolución de la Subsecretaría de Pesca, actividades de pesca de investigación. .

  • Subsecretaría de Pesca. Dirección: Bellavista Nº 168, piso 16, Valparaíso
  • Horario: Lunes a Viernes, de 9:00 a 14:00 horas

Universidades, Institutos de Investigación, Consultoras, Investigadores, Acuarios, Zoológicos, Municipalidades y en general personas naturales o jurídicas interesadas en realizar actividades de pesca de investigación.

  • Presentar una solicitud escrita dirigida al Subsecretario de Pesca, con los antecedentes e información que se indican en el punto siguiente.
  • El personal técnico participante en la pesca de investigación como asimismo el Jefe de Proyecto deberán ser personas que acrediten tener conocimientos técnicos suficientes de nivel técnico o profesional en las áreas de pesquería, acuicultura o ciencias del mar.
  • Nombre completo o razón social, RUT y domicilio del solicitante.
  • Si el solicitante es persona jurídica, deberá acompañar además copia autorizada de los estatutos sociales y de la personería del que actúe en su representación, con sus respectivos certificados de vigencia.

Términos Técnicos de referencia conforme a los cuales se ejecutará la pesca de investigación, los que deberán incluir, a lo menos, los siguientes antecedentes:

  • Identificación de especies hidrobiológicas que se pretende extraer como especies principales y secundarias.
  • Indicación del área en la cual se pretende desarrollar la pesca de investigación.
  • Especificación de los objetivos generales y específicos que el proyecto persigue.
  • Identificación y características específicas del arte, aparejo o sistema de pesca a utilizar.
  • Especificación de la metodología a emplear, indicándose además su correspondiente soporte estadístico debidamente fundamentado.
  • Resultados esperados.
  • Duración del estudio.
  • Cronograma de actividades.
  • Personal técnico participante, adjuntando currículum vitae de cada uno de ellos.
  • Jefe de proyecto responsable.
  • Nombre y domicilio de la persona responsable de la pesca de investigación, según lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
  • En caso de ser un proyecto financiado por alguno de los fondos previstos en la Ley de Presupuesto de la Nación, copia del Decreto o Resolución pertinente.

En el evento que se solicite efectuar una pesca de investigación con naves industriales o artesanales se deberá adjuntar los siguientes documentos:

  • Indicar los antecedentes del proceso de selección de la nave o naves con la cual se efectuará la investigación.
  • Acreditar la posesión o tenencia de la o las naves como asimismo sus características náuticas.
  • Tratándose de naves extranjeras, el solicitante deberá además acompañar contrato con armadores nacionales, o con organismos públicos o privados chilenos, de conformidad con el artículo 102 de la Ley General de Pesca y Acuicultura.
  • Las naves extranjeras deberán siempre dar cumplimiento a lo previsto en el D.S. Nº 711 de 1975, del Ministerio de Defensa Nacional.

El trámite no tiene costo asociado

El plazo legal es de 60 días.

Resolución Exenta (Subsecretaria de Pesca)

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