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Autorización para iniciar actividades pesqueras extractivas
Institución: Subsecretaría de Pesca
Informacion Vigente desde:03 de Noviembre de 2008
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Ficha resumen
Actividades Pesqueras, Solicitud, autorización, inicio de actividades, pesqueras, industrial
Autorización para iniciar actividades pesqueras extractivas
Descripción: Autoriza mediante resolución de la Subsecretaría de pesca, el inicio de actividades pesqueras extractivas con naves pesqueras industriales.
Para quién: Personas naturales chilenas o extranjeras con permanencia definitiva y personas jurídicas constituidas legalmente en Chile
Ficha Completa

Está orientado a autorizar, mediante resolución de la Subsecretaría de Pesca, el inicio de actividades pesqueras extractivas con naves pesqueras industriales.

La solicitud es presentada en cualquier oficina del Servicio Nacional de Pesca, a lo largo del país.

Personas naturales chilenas o extranjeras con permanencia definitiva y personas jurídicas constituidas legalmente en Chile interesadas en iniciar actividades pesqueras extractivas.

  • Personas naturales: ser chileno o extranjero con permanencia definitiva.
  • Personas jurídicas: estar constituidas legalmente en Chile; si hubiere participación de capitales extranjeros, acreditar la autorización de la inversión conforme las disposiciones legales vigentes; el objeto social deberá contemplar expresamente la facultad de realizar actividades pesqueras extractivas.
  • Acreditar el dominio vigente sobre la nave pesquera industrial o bien otro derecho distinto que tenga una vigencia futura de a lo menos seis meses.
  • Tratándose de un solicitante con aporte de capital extranjero la nave deberá estar matrícula a su nombre.

Formulario solicitud, en original y copia, elaborado por el Servicio Nacional de Pesca.

Respecto del solicitante:

  • Si el solicitante es persona natural: copia simple de su cédula de identidad.
  • Si el solicitante es persona jurídica: copia simple del RUT de la sociedad, copia autorizada de la escritura de constitución de la sociedad y modificaciones posteriores, certificado de vigencia de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, copia simple de la cédula nacional de identidad del representante legal, poder para representar a la sociedad y certificado de vigencia de su mandato.

Respecto de la nave:

  • Certificado de dominio o tenencia de la nave, con vigencia futura de a lo menos 6 meses, cuando el certificado de matrícula no está emitido a nombre del solicitante.
  • Certificados extendidos por la Dirección General de Territorio Marítimo y Marina Mercante que acrediten las características geométricas de la nave.
  • Los certificados deberán presentarse en original o copia autorizada emanada de la DIRECTEMAR, con una vigencia futura de a lo menos seis meses contados desde su emisión.
  • Si la embarcación es una nave en construcción, se debe acompañar copia del contrato suscrito con el astillero; las características náuticas principales de la nave se deben acreditar mediante certificado emitido por el astillero.

El trámite no tiene costo asociado

Aproximadamente 90 días.

Resolución Exenta (Subsecretaria de Pesca)

La resolución de inicio de actividades pesqueras extractivas debe inscribirse en el Registro Pesquero Industrial, solemnidad habilitante para ejercer los derechos inherentes a la autorización de pesca.

Más información
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