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Permiso de servicios limitados experimentales de telecomunicaciones
Institución: Subsecretaría de Telecomunicaciones
Informacion Vigente desde:03 de Noviembre de 2008
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Ficha resumen
Servicios Limitados, Servicios Limitados Experimentales, Experimentales, limitados, experimentales, experimental
Permiso de servicios limitados experimentales de telecomunicaciones
Descripción: Autorización para entregar un servicio limitado de tipo experimental, para aquellas empresas que estudian y desarrollan proyectos de telecomunicaciones, que requieren,verificar experimentalmente el comportamiento de determinados proyectos.
Para quién: Personas naturales o jurídicas
Ficha Completa

El interesado presenta a la Subsecretaría de Telecomunicaciones una solicitud de permiso para entregar un servicio limitado experimental. .

En Amunategui 139, piso 1, comuna de Santiago, de lunes a jueves de 9:00 a 17:00 y viernes de 9:00 a 16:00 o en las Secretarías Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones de la región respectiva

A todas las personas naturales o jurídicas que cumplan con las exigencias señaladas en la legislación vigente (Apéndice VI de la Resolución Exenta Nº 352 de 1985).

  • Presentar en Oficina de Partes de la Subsecretaría de Telecomunicaciones o en las Secretarías Regionales del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (SEREMITT), dos (2) carpetas independientes destinadas al estudio técnico y legal respectivamente.
  • Cada carpeta deberá contener los antecedentes que se indican en el Capítulo II Presentación de las Solicitudes , señalada en el instructivo relativo a los Servicios Limitados, Resolución Exenta Nº 352 de 1985.
  • Deberán cumplir con lo señalado en el marco técnico relativo a los Servicios Limitados, Resolución Exenta Nº 391 1985.
  • Ambas resoluciones pueden encontrarse en el portal internet Subtel.
  • Presentar una memoria técnica, la cual debe contener una descripción de las características de funcionamiento de los equipos a utilizar, y los cálculos técnicos que la justifiquen
  • Personas naturales: Fotocopia de la cédula nacional de identidad debidamente legalizada.
  • Personas jurídicas: Todos los documentos legales que den cuenta de la existencia de las sociedades de derecho privado y público, y la debida acreditación del representante legal.

El plazo legal es de 60 días.

Autorización mediante Resolución Exenta para prestar Servicios Limitados Experimentales

Validez: depende del período solicitado .

Más información
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