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Permiso de servicio limitado de música ambiental
Institución: Subsecretaría de Telecomunicaciones
Informacion Vigente desde:03 de Noviembre de 2008
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Ficha resumen
Música Ambiental, Servicio Limitado, música, ambiental, limitado, servicio
Permiso de servicio limitado de música ambiental
Descripción: Información que permite obtener un permiso para proporcionar un servicio limitado de música ambiental, de carácter privado y sólo podrán hacer uso de él todas las personas o empresas que lo contraten.
Para quién: Personas naturales o jurídicas
Formularios: FormularioDescargar
Ficha Completa

El interesado solicita a la Subsecretaría de Telecomunicaciones un permiso o modificación de permiso de servicio limitado de música ambiental de acuerdo al Instructivo Relativo a los Servicios Limitados de Telecomunicaciones (formularios SL-1 a SL-4), Resolución Exenta Nº 352 de 1985, modificado por la Resolución Nº 174 de 2001.

En Amunategui 139, piso 1, comuna de Santiago, de lunes a jueves de 9:00 a 17:00 y viernes de 9:00 a 16:00 y en las Secretarías Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones.

A todas las personas naturales o jurídicas que cumplan con las exigencias señaladas en la legislación vigente (Apéndice 6 de la Resolución Exenta Nº 352 de 1985).

Los interesados deben presentar en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Telecomunicaciones o en las Secretarías Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones:

  • Dos (2) carpetas independientes destinadas al estudio técnico y legal respectivamente.
  • Cada carpeta deberá contener los antecedentes que se indican en el Capítulo II Presentación de las Solicitudes, del instructivo relativo a los Servicios Limitados, Resolución Exenta Nº 352 de 1985
  • Deberán cumplir con lo señalado en la norma sobre Requisitos Básicos de las Estaciones de Radiodifusión Sonora, Resolución Exenta Nº 36 de 1987
  • Cumplir con lo señalado en el Oficio Circular Nº 41 de 1997, que establece el cálculo de la zona de servicios de las estaciones. Todos estos antecedentes se encuentran en la página web institucional.
  • Personas naturales: Fotocopia de la cédula nacional de identidad debidamente legalizada.
  • Personas jurídicas: Todos los documentos legales que den cuenta de la existencia de las sociedades de derecho privado y público, y la debida acreditación del representante legal.

El trámite no tiene costo.

El plazo legal es de 60 días.

Resolución Exenta, que autoriza el Servicio Limitado de Música Ambiental

Validez: El permiso limitado de música ambiental tiene una vigencia de 10 años.

Más información
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