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Certificado de adaptación de vehículos para el uso de gas como combustible
Institución: Centro de Control y Certificación Vehicular
Informacion Vigente desde:03 de Noviembre de 2008
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Ficha resumen
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Certificado de adaptación de vehículos para el uso de gas como combustible
Descripción: Acreditr que modelo de vehículo tipo, adaptado al uso de a GNC o GLP, cumple con las normas técnicas que le son aplicables para su a circulación.
Para quién: Empresas del rubro de las instalaciones de equipos para uso de gas en vehículos.
Ficha Completa

Para llevar a cabo la certificación de adaptación los interesados deben llevar a cabo los siguientes pasos:

  • El interesado presenta al Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV) la solicitud de Certificación de Adaptación.
  • El 3CV otorga fecha para los ensayos de emisiones y seguridad de la instalación que se realiza sobre una unidad del modelo representativo que se solicita Certificar para adaptación.
  • El interesado presenta el vehículo para los ensayos.
  • El interesado cancela el valor del servicio de Certificación de Adaptación definido en el Decreto Nº 33/2004 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
  • El 3CV otorga el correspondiente certificado de adaptación para el uso de gas como combustible al modelo solicitado.

En el Centro de Control y Certificación Vehicular 3CV, ubicado en Vicente Reyes 198, comuna de Maipú, Santiago. Horario de Atención de lunes a viernes de 09:00 a 14.00 hrs., excepto días festivos.

A empresas del rubro de las instalaciones de equipos para uso de gas en vehículos.

Cumplir con los requisitos señalados en el Decreto 55/98 y la Resolución 65/2000, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Los interesados en realizar este trámite deberán presentar los antecedentes que se indican Oficio circular Nº 1829, del 7 de noviembre de 2000 de la Subsecretaría de Transporte.

El plazo legal es de 10 días hábiles.

Certificación de adaptación de vehículos a GNC (gas Natural Comprimido) o GLP (gas Licuado a Petróleo)

  • Los plazos establecidos de tiempos de respuesta corresponden a días hábiles.
  • El costo de los Servicios de Homologación y/o Certificación se encuentran definidos por el Decreto Nº 33 de 2004 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
  • Las solicitudes de Certificación, el vehículo para los ensayos y el retiro de los Certificados de Adaptación la debe realizar un representante del solicitante en las dependencias del 3CV.
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