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Atención de consultas y reclamos sobre bancos e instituciones financieras supervisadas
Institución: Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF)
Informacion Vigente desde:11 de Noviembre de 2008
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Ficha resumen
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Atención de consultas y reclamos sobre bancos e instituciones financieras supervisadas
Descripción: Servicio ofrecido por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF), que permite atender a las personas que concurren personalmente, llaman por teléfono o hacen llegar una presentación escrita, con la finalidad de obtener información o plantear algún reclamo relacionado con la actuación de los bancos e instituciones financieras supervisadas.
Para quién: Usuarios del Sistema Financiero.
Ficha Completa

Consiste en atender a las personas que concurren personalmente, que llaman por teléfono o que hacen llegar una presentación escrita, con la finalidad de obtener información o plantear algún reclamo en relación a la la actuación de los bancos e instituciones financieras supervisadas.

Usuarios del sistema financiero. La mayoría de los reclamos los presentan directamente los afectados. Sin embargo, también se reciben derivaciones de otros organismos públicos.

La persona debe presentar su consulta o reclamo por escrito, debidamente firmado y señalando un remitente para enviarle la respuesta.

Sin que sea imprescindible es conveniente que acompañe en fotocopia los antecedentes de que disponga y eventuales presentaciones directas efectuadas a la respectiva institución financiera.

  • Las consultas y reclamos se pueden hacer en Bandera 92, Santiago. Horario de Atención de 09:00 a 14:00 horas en días hábiles bancarios.
  • Por teléfono al 600 464 6000
  • Por escrito, mediante carta a Moneda 1123 piso 6 Santiago, y
  • Por fax al 4410914.

Las consultas o reclamos reciben respuesta por escrito, en promedio, en una o dos semanas cuando los antecedentes necesarios para aclarar el caso están en la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) y en 5 semanas cuando se debe levantar información desde las entidades financieras. En este último caso el plazo puede extenderse en la medida que los antecedentes requeridos sean antiguos, se encuentren en tribunales o este Organismo los estime insuficientes y solicite informes adicionales.

Obtención de una respuesta oral o escrita, según el canal utilizado, respecto de dudas consultas o reclamos que se planteen en relación a las instituciones financieras supervisadas.

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