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Recepción de apelaciones por resoluciones emitidas por la Comisión Médica de Reclamos (Comere)
Institución: Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO)
Informacion Vigente desde:14 de Noviembre de 2008
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Ficha resumen
comere, licencia médica, licencias, enfermedad profesional, accidente del trabajo, accidente, suseso, Ley 16.744,
Recepción de apelaciones por resoluciones emitidas por la  Comisión Médica de Reclamos (Comere)
Descripción: La Superintendencia de Seguridad Social recibe los reclamos formulados por trabajadores en contra de resoluciones de la Comisión Médica de Reclamos (Comere). Deben adjuntar una copia de la resolución al ingresar la apelación.
Para quién: Este reclamo lo puede formular cualquier trabajador evaluado por un accidente del trabajo o enfermedad profesional, en contra de una resolución de la Comere.
Ficha Completa

Puede recurrir a la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) cualquier trabajador que tenga algún reclamo que formular en contra de una resolución de la Comisión Médica de Reclamos (Comere), en que se hubiere pronunciado en segunda instancia sobre alguna cuestión de hecho que se refiera a materias de orden médico.

Este reclamo lo puede formular cualquier trabajador evaluado por un accidente del trabajo o enfermedad profesional, en contra de una resolución de la COMERE.

Que tenga algún reclamo que formular en contra de una resolución de la Comisión Médica de Reclamos (Comere), y que ésta no haya excedido el plazo legal de 30 días hábiles desde el momento de la notificación de la resolución de la Comere.

  • Documento o resolución emanado de la Comisión Médica de Reclamos (Comere) en que se hubiere pronunciado por la vía de apelación de una resolución de una mutualidad de empleadores de la ley 16.744, o de una Compin de un Servicio de Salud.
  • Solicitud escrita del interesado, que deberá contener nombre completo, Rut, domicilio del apelante, exposición clara de los hechos, y acompañar la demás documentación pertinente al caso: Exámenes si los tuviere. Radiografías si las tuviere.

No tiene costo

  • Oficina de Atención de Usuarios de la Superintendencia de Seguridad Social, ubicada en Huérfanos 1376, Entrepiso, Santiago. El horario de atención es de lunes a viernes de 08.40 a 13.30 horas.
  • Oficinas regionales de la Suseso en Puerto Montt, Concepción y Antofagasta; Oficinas de la Seremi del Trabajo, de las regiones de Iquique, Magallanes, Punta Arenas. Las direcciones están disponibles en el sitio web de la Suseso.
  • Enviando una carta por correo a Casilla 13420, correo 21, Santiago o a la dirección antes señalada.

Apelación a resolución de Comisión Médica de Reclamos.

Es muy importante adjuntar la copia de la resolución a la que se apela cuando se ingresa el reclamo a la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso).

Más información
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