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Registro Especial de instituciones que dictan cursos de preparación para el matrimonio
Institución: Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI)
Informacion Vigente desde:03 de Noviembre de 2008
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Ficha resumen
Cursos, Matrimonio, Civil, matrimonios,
Registro Especial de instituciones que dictan cursos de preparación para el matrimonio
Descripción: Las instituciones que deseen impartir cursos de preparación para el matrimonio deben inscribirse ante el Servicio de Registro Civil e Identificación.
Para quién: Entidades religiosas con personalidad jurídica, instituciones de educación reconocidas por el Estado y personas jurídicas sin fines de lucro dedicadas a la realización de actividades de promoción y apoyo a la familia.
Formularios: FormularioDescargar
Ficha Completa

La Ley de Matrimonio Civil vigente en la actualidad, establece la existencia de Cursos de Preparación para el Matrimonio y que las instituciones que los impartan los inscribirán previamente en un Registro Especial que llevará el Servicio de Registro Civil e Identificación.

Estos cursos podrán ser dictados por el Servicio de Registro Civil e Identificación, por entidades religiosas con personalidad jurídica de derecho público, por instituciones de educación, públicas o privadas, con reconocimiento del Estado, o por personas jurídicas sin fines de lucro, cuyos estatutos comprendan la realización de actividades de promoción y apoyo familiar.

Oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación.

  • Entidades religiosas con personalidad jurídica de derecho público,
  • Instituciones de educación públicas o privadas con reconocimiento del Estado y
  • Personas jurídicas sin fines de lucro cuyos estatutos comprendan la realización de actividades de promoción y apoyo familiar.

Entidades religiosas de derecho público:

  • Estar inscrita en el Registro de Iglesias del Ministerio de Justicia o corresponder a las señaladas en el artículo 20 de la Ley N° 19.638,
  • Adjuntar a la Solicitud de Inscripción una copia autorizada ante Notario del documento en el que conste la personería del representante legal,
  • Acompañar un Programa del Curso de Preparación para el Matrimonio con la firma y timbre del representante legal en cada una de sus hojas.

Instituciones de educación pública:

Indicación del número y fecha de la Ley que las creó.


Instituciones de educación privada:

Copia autorizada ante Notario del Decreto de Reconocimiento Oficial del Ministerio de Educación.

Ambos tipos de institución deben:

  • Acompañar un Programa del Curso de Preparación para el Matrimonio con la firma y timbre del representante legal en cada una de sus hojas.
  • Adjuntar a la Solicitud de Inscripción una copia autorizada ante Notario del documento en el que conste la personería del representante legal.


Personas Jurídicas sin fines de lucro:

  • Presentar una copia autorizada ante Notario de la escritura de constitución,
  • Acompañar un Programa del Curso de Preparación para el Matrimonio con la firma y timbre del representante legal en cada una de sus hojas,
  • Adjuntar a la Solicitud de Inscripción una copia autorizada ante Notario del documento en el que consta la personería del representante legal.

Entidades religiosas de derecho público:

  • Adjuntar a la Solicitud de Inscripción una copia autorizada ante Notario del documento en el que conste la personería del representante legal,
  • Acompañar un Programa del Curso de Preparación para el Matrimonio con la firma y timbre del representante legal en cada una de sus hojas.
  • Este Programa deberá contener, a lo menos, las siguientes indicaciones: Nombre del curso, duración total (horas cronológicas), breve resumen del contenido general del curso, contenidos específicos y lugar donde se impartirá el curso.

Instituciones de educación pública:

  • Indicación del número y
  • Fecha de la Ley que las creó.

Instituciones de educación privada:

  • Copia autorizada ante Notario del Decreto de Reconocimiento Oficial del Ministerio de Educación.

Ambos tipos de institución deben:

  • Acompañar un Programa del Curso de Preparación para el Matrimonio con la firma y timbre del representante legal en cada una de sus hojas.
  • Señalar en el Programa, a lo menos, las siguientes indicaciones: Nombre del curso, duración total (horas cronológicas), breve resumen del contenido general del curso, contenidos específicos y lugar donde se impartirá el curso.
  • Adjuntar a la Solicitud de Inscripción una copia autorizada ante Notario del documento en el que conste la personería del representante legal.


Personas Jurídicas sin fines de lucro:

  • Debe presentar una copia autorizada ante Notario de la escritura de constitución y
  • Acompañar un Programa del Curso de Preparación para el Matrimonio con la firma y timbre del representante legal en cada una de sus hojas.
  • Este Programa deberá contener, a lo menos, las siguientes indicaciones: Nombre del curso, duración total (horas cronológicas), breve resumen del contenido general del curso, contenidos específicos y lugar donde se impartirá el curso.
  • Debe adjuntar a la Solicitud de Inscripción una copia autorizada ante Notario del documento en el que consta la personería del representante legal.

El trámite no tiene costo.

Inscripción de Cursos de Preparación para el Matrimonio

  • Los cursos de preparación para el matrimonio, tendrán como objetivo promover la libertad y seriedad del consentimiento matrimonial que se debe brindar, particularmente en su relación con los derechos y deberes que implica el vínculo, con el fin de contribuir a que las personas que deseen formar una familia conozcan las responsabilidades que asumirán de la forma más conveniente, para afrontar con éxito las exigencias de la vida en común.
  • Conforme a lo establecido en el artículo 33 del Decreto Supremo N°673, del 27 de agosto del 2004, los cursos de preparación para el Matrimonio, que no sean dictados por el Servicio de Registro Civil e Identificación, se inscribirán previamente en un Registro que llevará este Servicio.
  • El contenido de los cursos que no dicte el Servicio de Registro Civil e Identificación será determinado libremente por cada institución, con tal que se ajusten a los principios y normas de la Constitución y de la Ley.
  • Para facilitar el reconocimiento de estos cursos, tales instituciones los inscribirán, previamente, en un Registro especial que llevará el Servicio de Registro Civil e Identificación.
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