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Operación de embarque de importaciones
Informacion Vigente desde:03 de Noviembre de 2008
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Ficha resumen
Operación de embarque de importaciones
Descripción: Procesos administrativos y legales de importación que se realizan fuera del país y son de responsabilidad absoluta del proveedor y la empresa de transporte que trae la mercancía la país.
Para quién: Proveedor y empresa de transporte de importación
Ficha Completa
  • Este trámite de la importación se realiza fuera del país y es de responsabilidad absoluta del Proveedor y la Empresa de Transporte que trae la mercancía la país.
  • Con la Carta de Crédito aprobada, el Proveedor Extranjero procederá al embarque de la mercancía. La contratación del flete y el seguro se efectúa en base a lo estipulado en el acuerdo de compraventa firmado por las partes.
  • Si el embarque es superior a US $100.000 FOB, el Importador Nacional debe tener cursado el informe de Importación previamente. Si es Inferior, puede tramitar este Informe una vez embarcadas las mercancías.
  • La empresa transportista emitirá el Documento de Embarque o Conocimiento de Embarque de acuerdo al medio de transporte contratado:
    • Aéreo: Guía Aérea
    • Terrestre: Carta de Transporte
    • Marítimo: B/L o Bill of Lading · El Conocimiento de Embarque debe venir a nombre del Banco Comercial contratado por el Importador. · Cuando se haya hecho el Embarque, el Proveedor se pondrá en contacto con el Banco y efectuará la transacción monetaria de acuerdo a lo estipulado.
  • Carta de Crédito Aprobada
  • Si el valor de las mercancías está sobre los US $100.000, debe contar con el Informe de Importación cursado antes del embarque.

El costo del documento Conocimiento de Embarque está incluido en el valor del contrato con la empresa de transporte.

1 día

Conocimiento de Embarque. Es un documento muy importante e indispensable para hacer el proceso de desaduanamiento de las mercancías.

  • El documento Conocimiento de Embarque sirve para realizar procedimientos internos propios del proceso de importación, cursados por el Agente de Aduanas o el Banco Comercial.
  • Si bien el Proveedor Extranjero podrá ponerse en contacto con el banco para hacer su cobro (en caso que así se haya establecido), el Importador cancelará de acuerdo a su contrato con el Banco Comercial y no en este momento.
Instituciones Relacionadas
  • Agente de Aduana
  • Banco Comercial
Tipo de Usuario

Persona Natural, Persona Jurídica

Vigencia del trámite

Mientras dure el transporte de las mercancías. Caduca en la fecha de arribo establecida en ese Documento.

Paso a Paso
  1. De acuerdo a las Cláusulas de Compraventa , el Proveedor Externo embarca las mercancías.
  2. El Proveedor Extranjero confirma el medio de transporte que traerá las mercancías y enviará los datos de nombre, fechas de salida y de llegada (estimada), tiempos de demora, etc.
  3. La Empresa Transportista emitirá el Conocimiento de Embarque, que será enviado al banco Comercial que otorgó la Carta de Crédito en Chile.
  4. El Proveedor Extranjero se pone en contacto con el Banco y cobra el pago de acuerdo a lo que se haya establecido en el Contrato de Compraventa.
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