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Retiro de las mercancías desde recinto aduanero
Informacion Vigente desde:03 de Noviembre de 2008
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Ficha resumen
Retiro de las mercancías desde recinto aduanero
Para quién: Personas naturales y jurídicas
Descripción: Retiro de las mercancías desde el recinto aduanero o Zona Primaria, previa cancelación de los aranceles consignados en la Declaración de ingreso aprobada, de carácter normal o anticipada, además de los gastos de almacenaje.
Ficha Completa

Cancelados los aranceles consignados en la Declaración de Ingreso aprobada, de carácter normal o anticipada, además de los gastos de almacenaje, se procede al retiro de las mercancías desde el recinto aduanero o Zona Primaria. Si se trata de alimentos o productos químicos, se debe contar con una autorización de uso y disposición para poder sacarlos de la bodega.

DIN y sus cupones de pago timbrados

Gratis

1 día

DIN con la firma del encargado de la bodega.

  • Si las mercancías se encuentran almacenadas en una bodega particular y son utilizadas sin el pago de los gravámenes que las afectan, el Importador incurre en el delito de contrabando, lo que es penado por la ley y lo inhabilitará, en un periodo de 3 años, de solicitar este resguardo particular.
  • En aquellos casos en que la Aduana incautare las mercancías amparadas en un Almacén Particular por haber incurrido en presunción de abandono, no será necesario hacer efectiva la garantía. En estos casos el pago de los derechos, impuestos, tasas y demás gravámenes que cause su importación se realizará con la subasta de las mercancías.
Instituciones Relacionadas

Servicio Nacional de Aduanas

Tipo de Usuario

Persona Natural, Persona Jurídica

Vigencia del trámite

No caduca

Paso a Paso
  1. Se presenta el Agente de Aduana con los documentos que acreditan el pago de los aranceles y otros recargos que se hayan establecido.
  2. Será responsabilidad del empleado encargado del almacén consignar en el campo "Firma despachador-Fecha/Firma del Importador", de todos los ejemplares del formulario de la Declaración de Ingreso (DIN) tramitada electrónicamente, el nombre y Nº de carné de Aduana del empleado de la agencia de aduana o del consignante y consignatario con licencia para despachar, encargado del retiro de las mercancías.
  3. Una vez finalizado el despacho de las mercancías, el último funcionario interviniente en la verificación y en el retiro de las mercancías, de la Unidad de Control de Puerta, firmará las Hojas Anexas de Identificación de Bulto, cuando sea el caso, dando constancia del retiro. Finalmente, esa hoja deberá conservarse en el archivo Control de Salida.
  4. El agente de aduanas procederá a retirar las mercancías de los recintos de depósito enviándolas al importador a través del transporte convenido.
  5. Posteriormente, el agente de aduanas hace entrega de las mercancías al importador con la factura comercial por el costo de la operación acompañada de los documentos aduaneros que constatan que las mercancías se encuentran desaduanadas y los derechos de aduana cancelados.
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