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Recepción de reclamos por rechazo de licencia médica por parte de la Isapre
Institución: Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN)
Informacion Vigente desde:03 de Noviembre de 2008
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Ficha resumen
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Recepción de reclamos por rechazo de licencia médica por parte de la Isapre
Descripción: El reclamo debe hacerse ante la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin) dentro de los 15 días hábiles contados desde la recepción del pronunciamiento de la Isapre. Luego del análisis del caso, la institución emite una resolución que acepta o no el reclamo presentado por el trabajador.
Para quién: Afiliados a isapres.
Ficha Completa

La Isapre puede rechazar una Licencia Médica en las siguientes situaciones:

  • Si demuestra que el afiliado ha incumplido el reposo indicado por el médico.
  • Si el afiliado ha realizado trabajos -remunerados o no- durante ese período.
  • Si ha entregado antecedentes clínicos falsos o ha fingido enfermedad.
  • También se puede reclamar si la Isapre rechaza pagar el subsidio o paga un monto inferior al que legalmente corresponde.

El reclamo debe hacerse dentro de los 15 días hábiles contados desde la recepción del pronunciamiento de la Isapre. Dirigirse a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) del Servicio de Salud que corresponda a su domicilio.

Persona Natural

Presentar el reclamo por escrito, acompañado de toda la documentación necesaria.

  • Copia formulario de la Licencia Médica.
  • Cédula de Identidad.
  • En todos los casos es fundamental presentar la notificación recibida por parte de la ISAPRE señalando la causa del rechazo o reducción de que fue objeto la licencia.
  • Reposo excesivo: Informe completo del profesional tratante fundamentando los días prescritos. Exámenes de laboratorios, radiografías, etc.
  • Incumplimiento del reposo: Informar y documentar la causa de no haber sido habido en domicilio al momento de la visita domiciliaria contralora. Comprobante de la visita domiciliaria contralora.
  • Inobservancia de plazos por el trabajador: Recibo para el trabajador, sección A-2, de la licencia médica o fotocopia de la misma, en la cual estén consignadas las fechas de: emisión, inicio del reposo y presentación al empleador.
  • Inobservancia de plazos por el empleador: Idem al caso anterior.
  • Presentación de la Licencia fuera de vigencia: Recibo para el trabajador, Sección A-2, de la licencia o fotocopia de la misma, en la cual estén consignadas las fechas de: emisión por el profesional tratante, inicio del reposo, presentación al empleador y a la ISAPRE.

Sin costo

Resolución que acepte o no el reclamo presentado por el trabajador sobre el rechazo de la Licencia Médica por parte de la Isapre.

Si la COMPIN ratifica el rechazo de la Licencia Médica por parte de la Isapre, el usuario puede apelar ante la Superintendencia de Seguridad Social.

Más información
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