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Concesión para prestar servicios públicos e intermedios de telecomunicaciones
Institución: Subsecretaría de Telecomunicaciones
Informacion Vigente desde:03 de Noviembre de 2008
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Ficha resumen
Concesión, Servicios Públicos de Telecomunicaciones, Servicios Intermedios, Telecomunicaciones
Concesión para prestar servicios públicos e intermedios de telecomunicaciones
Descripción: Autorización que permite instalar, operar y explotar una concesión de servicio público de telecomunicaciones, por un plazo de 30 años renovables.
Para quién: Personas jurídicas de derecho público o privado, constituidas en Chile y con domicilio en el país
Formularios: FormularioDescargar
Ficha Completa
  • El interesado presenta a la Subsecretaría de Telecomunicaciones una solicitud de autorización para otorgar un servicio público o intermedio de telecomunicaciones.
  • La instalación, operación y explotación de un servicio público e intermedio de telecomunicaciones, requiere de una concesión otorgada por Decreto Supremo del Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones.
  • Existen dos tipos de concesión: con y sin concurso público. En el caso de servicios normados y con disponibilidad para el ingreso de nuevos concesionarios, el trámite se lleva a cabo sin concurso público (otorgamiento directo).
  • Por el contrario, para que la Subsecretaría de Telecomunicaciones, llame a concurso debe existir previamente una norma técnica para el servicio solicitado, que sólo permita otorgar un número limitado de concesiones. Se procederá de igual manera en aquellos casos en que, en virtud de una solicitud de concesión, la Subsecretaría de Telecomunicaciones estime que debe emitirse una norma técnica para el servicio respecto del cual se solicita la concesión.

En Amunategui 139, piso 1, comuna de Santiago, de lunes a jueves de 9:00 a 17:00 y viernes de 9:00 a 16:00 o en las Secretarías Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones de la región respectiva. .

A personas jurídicas de derecho público o privado, constituidas en Chile y con domicilio en el país, interesadas en obtener una concesión de servicio público o intermedio de telecomunicaciones y que cumplan con las exigencias señaladas en la normativa vigente.

Ser personas jurídicas de derecho público o privado, constituidas en Chile, con domicilio en el país y que cumplan con las exigencias señaladas en la normativa vigente .

Debe presentar:

  • Carta de solicitud de otorgamiento o modificación de una concesión de servicio público o intermedio de telecomunicaciones, debidamente firmada, dirigida a S.E. la Presidenta de la República, en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Telecomunicaciones o en las Secretarías Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones de la región respectiva.
  • Proyecto técnico (según esquema para el desarrollo de un proyecto técnico) con el detalle pormenorizado de las instalaciones y operación de la concesión, el tipo de servicio, la zona de servicio, plazos para la ejecución de las obras e iniciación del servicio.
  • Proyecto financiero (según normativa para confección de proyecto financiero), debidamente respaldado, relativo exclusivamente a la instalación, operación y explotación de la concesión. El proyecto debe ser firmado por un ingeniero o técnico especialista en telecomunicaciones.
  • En caso de ausencia de normativa vigente para el servicio, la Subsecretaría de Telecomunicaciones le hará llegar un oficio informándole que la concesión solicitada no cuenta con normativa técnica y, por lo tanto, quedará en estado de espera.
  • En caso que sí exista la normativa y que se requiera concurso público para otorgar la concesión, la Subsecretaría de Telecomunicaciones le hará llegar un oficio informándole que la concesión solicitada será otorgada como resultado de un concurso público. Este concurso determinará las bases a seguir para postular a él.
  • Si no se da ninguno de los casos anteriores, el proceso se tramita como Otorgamiento Directo. En este caso, si todos los antecedentes son correctos, la Subsecretaría de Telecomunicaciones le informará que debe publicar su solicitud y, posteriormente, emitirá el decreto de concesión que también deberá ser publicado. Usted deberá, entonces, solicitar a la Subsecretaría de Telecomunicaciones la recepción de obras con 30 días de anticipación, como mínimo, de la fecha de inicio de servicio establecida en el decreto.

El trámite no tiene costo.

Decreto Supremo que otorga o modifica concesión de servicio público e intermedio de telecomunicaciones

  • La validez de las concesiones es de 30 años, renovable por períodos iguales, a petición de la parte interesada.
  • En www.subtel.cl en la opción "TRAMITE DE AUTORIZACIONES", los interesados pueden obtener un completo manual que permite conocer en detalle los distintos procedimientos, pasos y documentos que es necesario presentar para obtener una autorización de servicios de telecomunicaciones como también las distintas etapas del proceso y los documentos que se generan.
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