Personas con antecedentes penales que hayan cumplido su condena y además tengan los requisitos legales exigidos.

Eliminación de antecedentes penales

El trámite se inicia en el Patronato Local de Reos y se formaliza a través de una resolución confidencial y con validez permanente.

El trámite se inicia en el Patronato Local de Reos y se formaliza a través de una resolución confidencial y con validez permanente.

Personas con antecedentes penales que hayan cumplido su condena y además tengan los requisitos legales exigidos.

Corresponde al beneficio que pueden acogerse aquellas personas que han cumplido su pena, a objeto de borrar sus antecedentes, del respectivo extracto de filiación.

Este beneficio se formalizará a través de una Resolución Exenta del Secretario Regional Ministerial respectivo, de carácter confidencial. También puede materializarse, en algunos casos, en una orden interna del Director del Servicio de Registro Civil e Identificación.

  • El trámite debe iniciarse en el Patronato Local de Reos correspondiente al domicilio del postulante o en la Unidad Penal en que el interesado cumplió su condena.
  • En los lugares donde no exista Patronato Local de Reos, el postulante quedará sujeto al control de la autoridad administrativa, la judicial y la de Carabineros de Chile de la respectiva localidad, la que otorgará certificado en que consta el período de control, la conducta observada y la recomendación.

Personas que hayan cumplido su pena y posean los requisitos legales para acceder a este beneficio.

Los requisitos para acceder a la eliminación de antecedentes penales son:

  • Haber cumplido la pena. Condenados por una vez: Haber observado muy buena conducta en el lugar que cumplió su condena.
  • Conocer bien un oficio o profesión.
  • Haber cursado a lo menos el 4º año de la educación general básica.
  • Haber estado en contacto con el Patronato Local de Reos durante dos años si se trata de una condena, o cinco años, si se ha sido condenado dos o más veces, y ser recomendado por este organismo.
  • No sufrir ninguna nueva condena hasta la fecha en que se accede al beneficio.
  • En el caso de condenas de hasta tres años de duración, si han transcurrido 5 o 10 años desde su cumplimiento, según se trate de crímenes o simples delitos, y se acredita irreprochable conducta, se puede solicitar la eliminación del antecedente penal personalmente ante el Servicio de Registro Civil e Identificación.

Deben acompañarse los siguientes antecedentes para acceder a la eliminación de antecedentes penales:

  • Certificado de residencia.
  • Antecedentes que acrediten su nivel de estudios en original o en copia debidamente legalizada.
  • Antecedentes que acrediten su situación laboral, en original o en copia legalizada (contrato de trabajo, iniciación de actividades, boletas, declaración jurada con dos testigos, entre otros).
  • Extracto de Filiación y Antecedentes (se tramita en el Patronato Local de Reos).
  • Certificado de cumplimiento de condena, en caso que esto no conste en el Extracto de Filiación y Antecedentes.
  • Certificado del Patronato Local de Reos o de la Autoridad Administrativa que corresponda, en que conste el período de control, la conducta observada y la recomendación respectiva (se obtiene en el Patronato Local de Reos).

El plazo legal es de 15 días.

Eliminación Antecedentes Penales (Ministerio de Justicia)

  • El plazo legal es de "días hábiles", entendiéndose como inhábiles los sábados, domingos y festivos.
  • Trámite se concreta una vez que el solicitante cumple todos los requisitos contenidos en el D.L 409. Tiene una validez permanente otorgada la Resolución Exenta.

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