Instituciones que prestan servicios de capacitación y están inscritas en el Registro Nacional de Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC).

Autorización para realizar cursos de capacitación con código Sence

Sence evalúa y autoriza cada uno de los cursos o actividades de capacitación que ofrecen los OTEC, antes de asignarle el respectivo código, con el fin de que las áreas o especialidades de éstos se ajusten al perfil de la empresa.

Sence evalúa y autoriza cada uno de los cursos o actividades de capacitación que ofrecen los OTEC, antes de asignarle el respectivo código, con el fin de que las áreas o especialidades de éstos se ajusten al perfil de la empresa.

Instituciones que prestan servicios de capacitación y están inscritas en el Registro Nacional de Organismos Técnicos de Capacitación (OTEC).

Los Organismos Técnicos de Capacitación, OTEC, deben solicitar al SENCE la aprobación previa de los cursos o actividades de capacitación que ofrecen a las empresas, en el ámbito de la franquicia tributaria de capacitación. El SENCE debe resolver su solicitud velando por la adecuación metodológica de las propuestas, en términos de su coherencia, pertinencia y viabilidad.

A través de Internet: www.sence.cl

Si no tiene acceso a Internet:

Obtenga el "Formulario de Solicitud de Autorización de Actividad de Capacitación" en www.sence.cl, opción "OTEC", sección "Gestionar códigos de cursos", "OTEC"

En dicho formulario debe consignarse: modalidad de instrucción, tipo de actividad de capacitación, nombre de la actividad, fundamentación técnica, población objetivo, nº de participantes, requisitos de ingreso, objetivos generales y específicos, currículo del instructor, metodología de enseñanza, medios didácticos de apoyo, requisitos técnicos de evaluación (en caso de los cursos), porcentaje de asistencia, infraestructura, equipamiento, materiales de consumo y estructura de costos.

Debe concurrir con el formulario a la Dirección Regional del SENCE correspondiente a la región en que el OTEC solicitó su inscripción en el Registro Nacional de OTEC, o bien en la(s) región(es) en que el organismo dispone de sede acreditada ante el SENCE (el formulario debe ser firmado por el representante legal del OTEC o por un mandatario)
En caso de ofrecer cursos a distancia (e-learning) se deberá entregar en la respectiva Dirección Regional del SENCE un set completo del medio instruccional y didáctico a utilizar.

¿Cómo se hace?
  • Ingrese a la opción "OTEC" en www.sence.cl;
  • En la sección "Gestionar códigos de cursos", pinche la opción "OTEC", "Solicitud curso SENCE";
  • Deberá ingresar su RUT (sin puntos, con guión y dígito verificador) y contraseña y presionar "Enviar";
  • Deberá ingresar los datos relativos al curso en el formulario que aparece en pantalla: modalidad de instrucción, tipo de actividad de capacitación, nombre de la actividad, fundamentación técnica, población objetivo, nº de participantes, requisitos de ingreso, objetivos generales y específicos, currículo del instructor, metodología de enseñanza, medios didácticos de apoyo, requisitos técnicos de evaluación (en caso de los cursos), porcentaje de asistencia, infraestructura, equipamiento, materiales de consumo y estructura de costos.

A Organismos Técnicos de Capacitación, OTEC, que deseen ofrecer actividades de capacitación a empresas para que opten a la franquicia tributaria establecida en la Ley Nº 19.518.

  • Conexión a Internet;
  • Inscripción vigente en el Registro Nacional de Organismos Técnicos de Capacitación;
  • Clave secreta (Se obtiene con la acreditación del OTEC. Esta clave puede ser modificada en el sitio Web del SENCE, www.sence.cl)

El SENCE resolverá, respecto de la aprobación o rechazo de la solicitud de curso, en un plazo máximo de 10 días hábiles.

Si el curso es aprobado, el OTEC deberá cancelar 1 UTM mediante depósito en efectivo y en moneda nacional, en la cuenta corriente Nº 9170901 de Bancoestado (0,5 UTM a contar del 1 de enero de 2009)

Cada curso debe pagarse por separado y el monto del depósito debe corresponder exactamente al valor de la UTM vigente en la fecha de su aprobación.

El OTEC tiene un plazo de 20 días corridos a contar de la fecha de aprobación del curso para presentar la boleta de depósito al SENCE, junto con el formulario autorizado, en duplicado y firmado por el Representante Legal.

Sólo en caso de presentar estos documentos, el curso quedará acreditado e inscrito en el Registro Nacional de Cursos.

Cumplido dicho plazo sin que el OTEC haya entregado la boleta de depósito, la solicitud se dará por no presentada, destruyéndose toda la documentación entregada al efecto.

Los cursos de nivelación de estudios básicos y medios y los módulos de CFT están liberados de pago.

Los cursos tendrán una vigencia de 4 años a contar desde su acreditación (excepto los cursos de nivelación de estudios y módulos CFT)

Autorización a un OTEC reconocido por SENCE para ejecutar una actividad de capacitación en el ámbito de la franquicia tributaria de capacitación.

Ventajas del trámite electrónico (presentación de cursos vía Web)

  • Simplificación y agilización del trámite.;
  • Ahorro de tiempo y comodidad al evitar traslados innecesarios a oficinas del SENCE.
  • Permite validar en línea información de OTEC;
  • Posibilidad de seguimiento del trámite y registro en línea.

Las entidades niveladoras de estudios básicos y medios y/o CFT con módulos basados en competencias laborales no pueden ingresar solicitudes de cursos de capacitación, a menos que se encuentren también acreditados como Organismos Técnicos de Capacitación, OTEC.

La misma situación procederá con aquellos OTEC que no se hayan acreditado como entidades niveladoras y/o CFT con módulos basados en competencias laborales.


ChileClic es un portal desarrollado por la Secretaría Ejecutiva de la Estrategia Digital del Gobierno de Chile. La información publicada sobre servicios y beneficios es de exclusiva responsabilidad de las instituciones que forman parte de la Red de Colaboradores de ChileClic.
Si encuentra diferencias o errores en los contenidos publicados, por favor infórmenos
Gobierno de Chile
Gobierno de Chile
Estrategia Digital
Estrategia Digital