Instituciones de capacitación autorizadas por las Secretarías Regionales de Educación.Inscripción en Nómina Especial a Entidades Reconocidas por el Ministerio de Educación para Impartir Cursos de Nivelación de Estudios de Educación Básica y MediaPermite acreditar los cursos, obtener código Sence y que los usuarios puedan usar la franquicia tributaria.
Permite acreditar los cursos, obtener código Sence y que los usuarios puedan usar la Franquicia Tributaria.
Instituciones de capacitación autorizadas por las Secretarías Regionales de Educación.
Para impartir cursos de nivelación de estudios de educación básica o media, las entidades ejecutoras deberán solicitar al SENCE la autorización para incorporarse a nómina especial de entidades reconocidas por el Ministerio de Educación para impartir cursos de nivelación de estudios de educación básica y media. Esto servirá para que los usuarios del sistema puedan optar a la franquicia tributaria de capacitación para efectos de estos cursos.
Se entiende por curso de nivelación de estudios, el proceso de enseñanza aprendizaje, que considerará actividades presenciales y el proceso de examinación del logro de los objetivos y contenidos del programa de estudios establecido por el Ministerio de Educación para: primer nivel (1 º a 4º año de educación básica); segundo nivel (5º y 6º año de educación básica); tercer nivel (7º y 8º año de educación básica); primer ciclo de educación media (1º y 2º año de educación media) y 2º ciclo de educación media (3º y 4º año de educación media).
La presentación del formulario deberá hacerse en la Dirección Regional del SENCE en la región en la que el organismo solicitó previamente su inscripción en el Registro Regional de Libre Entrada (RLE) de Entidades Ejecutoras del Servicio Educativo de Nivelación de Estudios. Puede obtener las direcciones en www.sence.cl.
A entidades ejecutoras autorizadas previamente por las SECREDUC.
Que la entidad se encuentre previamente autorizada por la SECREDUC y cumplir con toda la normativa establecida por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, SENCE.
Los requisitos documentales pueden encontrarse en www.sence.cl, opción "Cómo acreditar a un OTEC y otras entidades", "Guía acreditación entidades niveladoras de estudios básicos y medios"
El trámite de acreditación no tiene costo.
El plazo legal es de 30 días hábiles desde la presentación de la solicitud en la respectiva Dirección Regional del SENCE.
Incorporación a nómina especial a entidades reconocidas por el Ministerio de Educación para impartir nivelación de estudios de educación básica y media.
Esto es una autorización regional, no de carácter nacional a diferencia de los OTEC, que es a nivel nacional.
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